iA


Declaración Universal de los Derechos Humanos: Artículo 16

by Otháner. Average Reading Time: less than a minute.

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

2 comments on ‘Declaración Universal de los Derechos Humanos: Artículo 16’

  1. Información Bitacoras.com…

    Si lo deseas, puedes hacer click para valorar este post en Bitacoras.com. Gracias….

  2. arumi says:

    me ayudan mucho son super grasias

Leave a Reply